Esta pendiente la designación de la presidenta o presidente del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ)
El Consejo General determinó declarar desierto el proceso de selección y designación de la Consejera o Consejero del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) luego de realizar una nueva valoración ordenada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Al presentar el proyecto, la Consejera Dania Ravel, presidenta de la Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Locales, explicó que, al revocar la designación de Teresita Adriana Sánchez Núñez por considerar el incumplimiento de residencia efectiva, se procedió a analizar los dos perfiles de mujeres restantes que accedieron a la última etapa del proceso, los cuales no resultaron idóneos para ocupar el cargo.
La Consejera Ravel mencionó que, al determinar dicho incumplimiento, la Sala Superior no consideró aplicable la hipótesis contenida en el artículo 11 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro que establece que no se perderá la residencia cuando la persona se traslade a residir a otro lugar para desempeñar un cargo de elección popular, una comisión oficial no permanente o con motivo de estudios, actividades científicas, técnicas, artísticas y de trabajo cuando éstas no implican la intención de radicarse en el lugar en que se desempeñen.
“La determinación del Tribunal no hace una interpretación integral y pro persona de todos los dispositivos vigentes, incluso se desapega de la jurisprudencia 27/2015, en la que se señala que la residencia efectiva no debe subordinarse a elementos formales”, manifestó.
La Consejera Carla Humphrey señaló que, si bien ella no había avalado la propuesta para la presidencia del OPL (IEEQ) de Querétaro, la Sala, aplicando la alternancia para cumplir con la paridad, determinó que la presidencia debía ser ocupada por una mujer de entre las que habían llegado a la última etapa. Sin embargo, dos mujeres se encontraban en estas condiciones, pero no cubrían los requerimientos para ocupar ese espacio por lo que se declaró desierta la convocatoria.
Consejeras y consejeros rechazan persecución penal.
La sentencia de la Sala Superior establece: …Debido a que la parte recurrente alcanzó su pretensión, deviene innecesario el estudio de los planteamientos relativos a la falta de probidad de Teresita Adriana Sánchez Núñez, por la presunta presentación de datos falsos para la obtención en forma indebida de la constancia de residencia emitida por el secretario del Ayuntamiento de Querétaro…
Por ello, al estar en la narrativa del debate la falta de probidad por parte de la participante, las y los consejeros expresaron su desaprobación al ataque sistematizado por parte de medios de comunicación y rechazaron que la aspirante no hubiera actuado con integridad, ya que en todo momento ella hizo visible las constancias y documentales con las que contaba para acreditar que tenía un vínculo con la entidad.
En este mismo contexto las y los consejeros reprocharon la persecución penal que se inició en contra de Sánchez Núñez.
La Consejera Claudia Zavala refirió que no es adecuado que la autoridad jurisdiccional inicie un proceso penal.
“Sí fue inédito que la autoridad misma también ejerciera la acción penal una vez emitido el acto de autoridad, porque acudimos a los tribunales para que se pronuncien por un diferendo, pero lo que pasó fue que, a la par de tomar una determinación, se abrió también la investigación penal, y esa investigación penal con toda la fuerza y una rapidez bárbara para realizar los actos procesales”.
“Me parece que estamos obviando una cuestión de hecho que es bastante seria: acudir a los tribunales es legítimo, sí, porque es lo que el Estado de derecho nos da, pero buscar otros cauces para amedrentar o para hacer las cosas, me parece que no”.
Zavala concluyó que “al señalar que Adriana Teresita incurrió en actos de falta de probidad, me parece que se está desconociendo que en este Consejo General se tuvieron todos los elementos para analizar si se cumplía o no con el principio, con el requisito de residencia y que una mayoría, con los argumentos que quedaron ahí, que fueron valorados por el Tribunal, consideró que sí se cumplían”.
Por su parte, el Consejero Ciro Murayama indicó que no hubo ninguna sorpresa, engaño ni ningún intento de parte del aspirante en su momento de confundir a un Consejo que tuvo todos los datos al alcance.
“Como presidente de la Comisión del Servicio Profesional Electoral, quiero señalar que hace un par de días justamente pasó por la Comisión el acuerdo para la reincorporación de Teresita como integrante del Servicio Profesional, justamente porque valoramos que su integridad y su probidad personal y profesional no estuvo en riesgo ni ha sido afectada. Nosotros confiamos en su profesionalismo, nos dio una serie de elementos, nos parecieron adecuados, y por eso es que se ha reincorporado”, puntualizó.
Por lo tanto, se mantiene María Pérez Cepeda como Presidenta del organismo de manera provisional (IEEQ).