Exhorto de CNDH a Fiscalía General de Veracruz acerca del caso Ascencio Rosario

Ascencio Rosario, pertenece al grupo de atención prioritaria en su condición de mujer, indígena, adulta mayor, en un contexto socioeconómico de alta marginación

Por Abel Luna

El pasado 8 de marzo, esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió un pronunciamiento respecto al caso Ascencio Rosario:

“Este Organismo Nacional considera pertinente revisar su propia actuación en el caso. Así como analizar presuntas violaciones al derecho a la libertad sexual, al derecho a la vida y al derecho a la protección de la salud de Ernestina Ascencio Rosario bajo una perspectiva de género. Por lo que se radicará el expediente de queja correspondiente”.

En tal virtud, y derivado del proceso de revisión, observaron:

Que si bien el 25 de febrero de 2007 familiares de Ascencio Rosario y funcionarios del hospital denunciaron el ataque sexual a la Procuraduría General de Justicia del estado de Veracruz (PGJV). Lo que originó la investigación 140/2007/AE por violación y posterior homicidio. Y que si bien el 27 de febrero de 2007 la Comisión Nacional de los Derechos Humanos abrió el expediente de queja número 2007/901/2/Q. La cual derivó en la emisión de la Recomendación 34/2007. Sin embargo, es la fecha que la justicia plena es un reclamo. Porque hay incumplimiento en la atención a las personas familiares de la señora Ernestina Ascencio, quienes exigen el esclarecimiento de las indagatorias.

Producto de un proceso de revisión exhaustiva de varios procedimientos. Entre los que destaca la propia Recomendación 34/2007, la CNDH consideró que es tiempo de avanzar. Y generar un proceso de colaboración y coordinación interinstitucional en favor de garantizar los derechos de las personas en situación de víctimas.

Diez puntos de la CNDH
  1. Fortalecer la plena eficacia del Sistema de Protección no Jurisdiccional de los Derechos Humanos. Conformidad lo dispuesto en el Artículo 1º Constitucional. El cual establece la obligación de las autoridades, sin excepción, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Además de que en este caso en particular los argumentos no son congruentes con el principio pro persona. Ni con el derecho a un recurso efectivo señalado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
  2. Emitir un diagnóstico desde un enfoque de interseccionalidad dadas las características y contexto de la señora Ernestina Ascencio Rosario. La cual pertenece a grupos de atención prioritaria en su condición de mujer, indígena, adulta mayor en un contexto socioeconómico de alta marginación.
  3. Colaborar en la queja presentada en la Contraloría General de la Fiscalía en contra de quienes resulten responsables de las irregularidades señaladas. Llevar a cabo revisiones periódicas de las carpetas de investigación iniciadas por violencia sexual. Así como desaparición de personas con la finalidad de que ningún caso deje de ser indagado. Y realizar las diligencias necesarias para su correcta integración.
  4. Garantizar los derechos de debido proceso y seguridad jurídica de las personas.
  5. Reparar a las personas en situación de víctimas, tanto directas como indirectas.
  6. Generar una estrategia de cumplimiento a las medidas de no repetición.
  7. Diseñar e instalar un mecanismo de participación ciudadana. Para dar seguimiento a la estrategia de cumplimento a las garantías de no repetición bajo criterios.
  8. Fortalecer los programas de promoción y protección de derechos humanos en coadyuvancia con la Comisión Estatal de Derechos Humanos. Así como la Universidad Veracruzana, con la CEAV estatal y federal, y con la propia CNDH.
Tratamiento del caso

En virtud de las dudas generalizadas en el tratamiento de este caso. En aras de fortalecer el esclarecimiento de los sucesos del 25 de febrero de 2007, la CNDH hizo un exhorto público a la Fiscal General de Veracruz. Esto, para que gire sus atentas instrucciones para que la Fiscalía Coordinadora Especializada en Asuntos Indígenas y Derechos Humanos. A través de la Coordinación de Asuntos Indígenas y la Coordinación de Derechos Humanos. Para que reabran la investigación con las consecuencias legales que corresponden. Al tiempo que faciliten los procesos de memoria, verdad, justicia y reparación.

La CNDH ofreció toda su colaboración, en el marco de sus atribuciones. Y exhortó asimismo para que, junto con la Secretaría de Gobernación a través de su Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración. Den paso a un proceso de investigación capaz de generar una conciliación entre el Estado mexicano y las personas en situación de víctimas. Sin necesidad de recurrir ante instancias supranacionales.

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